
SERVICIOS CONSULARES
Los servicios consulares para la documentación a cubanos con interés en viajar a México, que brinda la Sección Consular de la Embajada de México en Cuba son:
1-Documentación y requisitos para solicitar visa consular en CASOS EXCEPCIONALES sin permiso previo del Instituto Nacional de Migración INM.
- Turista
1. Presentar pasaporte o documento de identidad y viaje en regla que acredite su nacionalidad y copia de las páginas en donde aparecen los datos, fotografía y firma del titular del mismo.
2. Demostrar solvencia económica con cualquiera de los siguientes elementos:
- Empleo estable o actividad independiente en su lugar de residencia que le proporcione ingresos mínimos mensuales por trescientos cincuenta dólares (USD $350.00).
- Cuenta bancaria o de valores con saldo anual promedio no inferior a dos mil dólares (USD $2,000.00).
- En caso de familiares (cónyuge e hijos del titular) se deberá superar el mínimo de solvencia económica exigido para depósitos bancarios o ingresos mensuales, en un 25% por cada familiar y acreditar su parentesco.
3. Presentar boleto de avión que acredite su retorno al país de origen o residencia.
4. Comparecer personalmente ante la autoridad consular, donde se le proporcionará una solicitud.
5. Entregar una fotografía reciente tamaño pasaporte de frente.
6. Realizar el pago de derechos consulares de conformidad con la Ley Federal de Derechos.
- Transmigrante
1. Presentar pasaporte o documento de identidad y viaje en regla que acredite su nacionalidad y copia de las páginas en donde aparecen los datos, fotografía y firma del titular del mismo.
2. Acreditar su admisión al país al que se dirige.
3. Comprobar que dispone de recursos económicos suficientes para solventar su salida de territorio nacional.
4. Presentar boleto de avión al país que se dirige.
5. Comparecer personalmente ante la autoridad consular.
6. Entregar una fotografía reciente tamaño pasaporte de frente.
7. Realizar el pago de derechos consulares de conformidad con la Ley Federal de Derechos.
Los pasajeros de tránsito inmediato (que lleguen a un aeropuerto internacional para hacer la conexión hacia un tercer país, dentro de las veinticuatro horas siguientes a su arribo), NO requieren visa. Estos pasajeros no podrán abandonar el área destinada para su espera dentro del aeropuerto internacional, bajo la responsabilidad de la empresa transportadora.
2-Documentación y requisitos para solicitar visa consular con permiso previo de internación del Instituto Nacional de Migración INM.
Deberán contar con un permiso previo de internación los nacionales cubanos y otros extranjeros que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
- Que manifiesten que será una persona en México quien cubrirá sus gastos de traslado y estancia.
- Que pretendan realizar actividades lucrativas en México.
- Que pretendan internase como Ministro de Culto o Asociado Religioso.
La tramitación de dichos permisos de internación debe realizarse directamente en las oficinas del Instituto Nacional de Migración (INM), por lo que la persona o empresa que invita en México es la indicada para informar adecuadamente sobre los requisitos y documentos que debe cumplir o aportar el nacional cubano, así como sobre los documentos que deben ser legalizados.
3-Legalización de documentos.
La Sección Consular de la Embajada de México legaliza documentos expedidos por el Gobierno cubano, los cuales deben presentarse previamente legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba.
El tramite debe efectuarse de lunes a viernes de 08:00 a 10:00 horas, lo documentos pueden ser presentados por cualquier persona y se entregan el mismo día a las 16:00 horas. El costo del trámite puede variar entre $33 y $40 CUC, dependiendo del tipo de documento.
PREGUNTAS Y RESPUESTAS
¿Cuáles son las tarifas de los servicios consulares en el consulado de México en Cuba?
- Turista y transmigrantes (solo visa ) $33.33
- Actividades lucrativas + visa $180.55
- Actividades no lucrativas + visa $124.07
- Ministro de culto o asociado religioso + visa $50,92
- Inmigrante + visa $228,70
- Legalización de firmas y sellos $33,33
Los servicios gravados se cubren en la moneda de curso legal del país en donde se ubica la Representación Consular Mexicana, que en el caso de Cuba corresponde al Peso Convertible (CUC). Dichos derechos se ajustan según lo determinen las necesidades, a efecto de reflejar los cambios ocurridos con respecto a las diversas paridades cambiarias. Adicionalmente, se recomienda que en caso de requerirse de información más detallada, se consulte directamente a la Sección Consular al correo consulmex@embamexcuba.org
Observaciones: Los derechos se deben pagar en efectivo en pesos cubanos convertibles (CUC) en billetes de veinte (20) pesos o de menor denominación.
Ver otras tarifas de servicios consulares del consulado de México en Cuba: http://portal.sre.gob.mx/cuba
¿Dónde puedo solicitar información del permiso de internación aprobado por el Instituto Nacional de Migración de México?
Usted debe solicitar información en la Sección Consular de la Embajada de México en Cuba, a través de cualquiera de las siguientes opciones:
- Correo electrónico: permint@embamexcuba.org
- Teléfonos (537) 204-7722 al 25 ext. 0 de 8:00 a las 16:00 horas, de lunes a viernes;
- Directamente en la Sección Consular de la Embajada de lunes a viernes de 8:00 a 11:00 horas.
Una vez autorizado el permiso por el Instituto Nacional de Migración, y recibido en la Sección Consular de la Embajada, el interesado cubano deberá solicitar una cita para entrevista a la cual deberá presentarse con la siguiente documentación:
a).- Pasaporte con un mínimo de seis meses de vigencia
b).- Fotocopia de las primeras dos hojas del pasaporte
c).- Dos fotografía de frente tamaño pasaporte con fondo blanco
d).- Pago de derechos consulares de conformidad con la Ley Federal de Derechos.
Observaciones: Los funcionarios consulares podrán requerirle otros documentos. Estos pueden ser las copias de los documentos de quien invita y que con anterioridad fueron presentados en el INM.
¿Dónde está ubicado el Consulado de México en Cuba y cuáles son los horarios de atención?
La Sección Consular de México en Cuba está ubicada en: Ave. 7ma No. 1206 entre 12 y 14, Reparto Miramar, Municipio Playa, Provincia Ciudad de la Habana, Cuba
Los horarios de atención al público son:
-Recepción de documentos: de 8:30 am a 11:00 am
-Entrega de documentos: de 4:00 pm a 5:00 pm
¿Qué es la visa consular?
La visa consular es el visto bueno de una representación consular, que se expresa mediante un documento que se imprime, adhiere o adjunta a un pasaporte u otro documento admitido como válido para efectos de circulación internacional. La visa se otorga con base en criterios fijados por la autoridad migratoria.
La visa consular es aplicable a TODOS los extranjeros de países que requieren visa para internarse en México.
La visa consular se obtiene en las representaciones diplomáticas y consulares del Servicio Exterior Mexicano (Consulados de México en el Exterior) del país en que el extranjero resida:
- por solicitud directa y personal en el consulado de México en el país de su residencia o,
- que alguna persona en México (mexicano o extranjero) con estancia regular solicite al Instituto Nacional de Migración tu internación, y en ese caso deberás acudir únicamente a la entrevista consular.
Una vez expedida la visa consular ¿cuánto tiempo tengo para hacer uso de ella?
A la mayoría de los ciudadanos cubanos se les expide la visa con base en un oficio de autorización emitido en México por el Instituto Nacional de Migración a solicitud de sus amigos o familiares en México, ese oficio establece tanto la calidad migratoria, la temporalidad autorizada para permanecer en México como el plazo para documentarse e internarse al país por lo que deben revisar el oficio que les hace llegar la persona que los invita.
Las personas que son documentadas directamente por la Embajada, tienen 90 días, a partir de la fecha de emisión del documento, para internarse a México.
¿Quiénes no requieren visa consular para ingresar a México?
Si te encuentras en los siguientes supuestos no requerirás tramitar visa para ingresar a México:
1-Cubanos en tránsito inmediato.
Los extranjeros que lleguen a un aeropuerto internacional para hacer la conexión hacia un tercer país, dentro de las veinticuatro horas siguientes a su arribo.
Estos pasajeros no podrán abandonar el área destinada para su espera dentro del aeropuerto internacional, bajo la responsabilidad de la empresa transportadora.
2-Cubanos que posean visa para ingresar a EEUU
Todos los extranjeros que posean visa para entrar a Estados Unidos podrán ingresar de manera directa (sin otro trámite) a territorio mexicano y permanecer legalmente por una estancia que no exceda los seis (6) meses.
3-Cubanos con ciudadanía española
España se encuentra entre los países que no requieren visa para ingresar a México. Un cubano con ciudadanía española podrá ingresar a México portando su pasaporte español.
Con este contenido usted obtendrá una idea general, pero se le recomienda, informarse adecuadamente de cualquier duda directamente a la Sección Consular al correo consulmex@embamexcuba.org
Fuente: http://www.sre.gob.mx/cuba











