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¿Cuáles son los pasos para obtener la nacionalidad mexicana?

Última actualización el 2 de abril, 2019 | Publicado el 24 enero, 2013

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su Artículo 30 que la nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por naturalización.

La naturalización se expide a solicitud e interés del extranjero en obtener la nacionalidad mexicana por naturalización, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 20, fracción I, inciso d) de la Ley de Nacionalidad y 14 de su Reglamento, siempre y cuando comprueben una residencia en México, entre los siguientes requisitos:

Requisitos para obtener la nacionalidad mexicana

1. Ser mayor de edad cuando corresponda y estar en uso de tus derechos civiles.

2. Presentar original y copia de la solicitud DNN-3, la cual deberá llenarse a máquina o a mano con tinta negra y letra de molde legible;Hablar español, conocer la historia mexicana y estar integrado a la cultura nacional.

3. Acreditar que has residido en territorio nacional durante un periodo de determinados años anteriores al  momento que presenta la solicitud:

Por 5 años:

Por 2 años:

Por 1 año: 

  • A los menores extranjeros que acreditan ser hijos adoptivos o descendientes hasta segundo grado, sujetos a patria potestad de mexicanos
  • A los extranjeros que acreditan haber sido hijos adoptivos o descendientes hasta segundo grado, haber estado sujetos a patria potestad de mexicanos en caso de que seas adoptado o estés sujeto a la patria potestad por mexicanos. Corresponde cuando los que ejercen la patria potestad no solicitaron la naturalización, el interesado podrá hacerlo dentro del año siguiente contado a partir de los 18 años.

En todos los casos el extranjero deberá acreditar una residencia en territorio nacional en la condición de estancia de residente temporal, o con la condición de estancia de residente permanente.

4. Presentar tarjeta expedida por la Secretaría de Gobernación que acredite la condición de estancia de residente temporal, o residente permanente.

5. Presentar acta de nacimiento expedida por la oficina del Registro Civil correspondiente, debidamente legalizada por el representante diplomático o consular mexicano del lugar de su expedición, o declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento o carta de naturalización del padre, madre o ambos; en caso que tengas ascendencia directa mexicana, o acta de nacimiento de los hijos mexicanos expedida por la Oficina del Registro Civil Mexicano u Oficina Consular Mexicana, en caso que tengas hijo mexicano.

6. Presentar pasaporte extranjero o, en su caso, del documento de identidad y viaje, vigentes.

7. Presentar carta, bajo protesta de decir verdad, señalando con claridad el número de salidas y entradas que ha realizado del y hacia el país en los años anteriores a la presentación de la solicitud.

7. Constancia o certificado de no antecedentes penales expedido por la autoridad competente a nivel federal y local.

8. Acreditar que sabe hablar español, que conoce la historia del país y que está integrado a la cultura nacional. Se recomienda ingresar al siguiente enlace en donde encontrará bibliografía de consulta.

9. Documentos expedidos por universidades o instituciones públicas que demuestren que has prestado servicios o realizado obras destacadas en materia cultural, social, científica, técnica, artística, deportiva o empresarial que beneficien a la nación (si corresponde).

10. Acta de matrimonio o de la inserción del acta del matrimonio celebrado en el extranjero, expedida por la Oficina del Registro Civil Mexicano, cuando corresponda.

11. Entregar dos fotografías iguales recientes a color, tamaño pasaporte (4.5 x 3.5 cms.) con fondo blanco, de frente, sin anteojos y cabeza descubierta;

10. Presentar el comprobante del pago de derechos correspondiente, en original.

11. Formular por escrito la renuncia expresa a toda sumisión y fidelidad a otro país, protestando sumisión, adhesión y obediencia a las leyes y autoridades mexicanas.

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¿Cómo es el procedimiento para obtener la nacionalidad mexicana por naturalización?

Desde el día 7 de enero de 2019, los extranjeros que pretendan solicitar la nacionalidad mexicana por naturalización, deberán:

Paso 1. Obtención de la Constancia de Antecedentes no Penales

Para tramitar las constancias de no antecedentes penales deberá presentar Original y copia del documento migratorio, pasaporte y acta de nacimiento del solicitante.

Para Constancia Federal:

Debe presentarse en el Órgano Administrativos Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social que se encuentra ubicado en la Calle Tlalpan No. 2962, Col. Espartaco, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04870, Ciudad de México, Teléfono 52428100, extensión 18287, y 51284100 de lunes a viernes en el horario de atención de 9:00 a 18:00 horas.

Para Constancia Local: 

Ciudad de México: Presentarse en la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, en Avenida Reforma No. 50, Col. San Lorenzo Tezonco, C.P. 09780, Alcaldía Iztapalapa, Ciudad de México

Una vez que realice el trámite deberá recoger el documento en la siguiente dirección: Av. Coyoacán No. 1635, Edif. B, Planta Alta, Col. del Valle, Alcaldía Benito Juárez, México, Distrito Federal, C.P. 03100. Teléfono. 52009050 y 52009024 (fax).

En otros Estados: Fiscalía del Estado o Procuraduría General de Justicia de la Entidad

Observaciones: Las constancias de no antecedentes penales LOCALES y FEDERALES, tendrán una vigencia de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de expedición.

Paso 2. Pago de derechos

Pagar los derechos que corresponda por la modalidad del procedimiento de naturalización a solicitar. Ver información en el siguiente enlace.

El pago de derechos por concepto de los servicios que se otorgan en materia de Nacionalidad y Naturalización se realizarán por medio del pago electrónico en las instituciones de crédito certificadas para tal fin, o en las ventanillas bancarias de su elección, presentando la Hoja de ayuda para el pago si el trámite se realiza en la Ciudad de México y Hoja de ayuda para el pago si el trámite se realiza en el resto de la República.

Por la recepción, estudio y, en su caso, expedición de la carta de naturalización el pago es de $5,255.00 pesos MX (tarifa vigente hasta diciembre 2019).

Para el llenado de la Hoja de ayuda deberán tener en consideración rellenar los espacios en blanco tal como se indica abajo:

  1. REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES: se debe anotar el RFC de la persona que solicita el trámite.
  2. CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN: se debe anotar el CURP de la persona que solicita el trámite.
  3. APELLIDOS PATERNO, MATERNO Y NOMBRE(S) DEL SOLICITANTE: se debe anotar el nombre de la persona que solicita el trámite.
  4. CLAVE y DEPENDENCIA: Clave “02” y Dependencia “Secretaria de Relaciones Exteriores”.
  5. CLAVE DE REFERENCIA: el número 024000178
  6. CADENA DE LA DEPENDENCIA: el número que corresponde al trámite que se solicita a la Dependencia,  tomando en consideración el lugar donde se prestará el servicio: Para la Ciudad de México (03020110000003) y para el interior de la República (01020110000003).
  7. IMPORTE: se debe anotar el monto de los derechos por el trámite solicitado.
  8. TOTAL A PAGAR: se debe anotar el monto de los derechos por el trámite solicitado, el cual debe coincidir con el indicado en el “IMPORTE”.

En caso de duda respecto de la “Clave de Referencia” o de la “Cadena de la Dependencia”, favor de comunicarse al siguiente teléfono: +52 55 3686-5100, Ext: 6413 y 6423.

Paso 3. Revisión de documentos en Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores SRE

Presentarse ante la Dirección General de Asuntos Jurídicos en la Ciudad de México, o en alguna de las Delegaciones Foráneas, aunque se sugiere que la solicitud sea ingresada en la Delegación de la SRE en la entidad federativa en la que se encuentre su domicilio registrado ante el Instituto Nacional de Migración con el original del pago de derechos que corresponda por la modalidad del procedimiento de naturalización solicitado, a efecto de otorgarle una ficha para la revisión de documentos.

La Dirección General de Asuntos Jurídicos entregará 20 fichas al día en el área de atención al público, conforme los interesados se presenten, a partir de las 09:00 AM de lunes a viernes. En caso de no conseguir una ficha, deberá presentarse al día siguiente.

La ficha será personal e intransferible, por lo que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, llevará el registro correspondiente. La ficha será entregada solamente al interesado.

Los documentos a presentar corresponderán al trámite de naturalización por el que opte el solicitante. 

Paso 4. Exámenes

Todo extranjero que pretenda naturalizarse mexicano, deberá acreditar que sabe hablar español, que conoce la historia del país y que está integrado a la cultura nacional, para lo cual deberá presentar y aprobar los exámenes de acuerdo con los contenidos aprobados por el Instituto Matías Romero de la Secretaría. Para tal efecto se recomienda ingresar al siguiente enlace en donde encontrará bibliografía de consulta que sugiere la SRE. Podrán también comprobar una guía más sintetizada que fue aprobada en el año 2009 para tener una idea del contenido, desde el siguiente enlace. Pero se les recomienda encarecidamente revisar y consultar la Bibliografía sugerida .

El examen de historia y cultura de México y, de ser el caso, el examen de comprensión del idioma español, se realizan el mismo día en que se presentan los documentos para su revisión.

En el caso de que el solicitante NO apruebe alguno de los exámenes, deberá esperar un mínimo de diez días hábiles para presentar nuevamente la solicitud de naturalización y la presentación de los exámenes. El servidor público informará al interesado que podrá presentar los exámenes hasta en dos ocasiones más y en caso de no aprobarlos, deberá esperar hasta dentro de un año, contado a partir del día siguiente de la aplicación de su último examen, para ingresar una nueva solicitud de naturalización, presentando el pago de derechos correspondiente.

Paso 5. Revisión y expedición de la carta de naturalización

Una vez que se ha cumplido con todos los requisitos anteriores, revisada toda la documentación y se ha aprobado el examen la Secretaria de Relaciones Exteriores SRE solicitará a la Secretaría de Gobernación, a través del Instituto Nacional de Migración la opinión acerca de otorgar o no la nacionalidad al solicitante.

Una vez recibida la aprobación del Instituto Nacional de Migración, se expide la Carta de Naturalización al solicitante en un periodo de 3 meses, surtiendo sus efectos al día siguiente de su expedición.

Conoce que

En el caso del extranjero al que la Secretaría de Gobernación considere refugiado, así como cuando se trate de menores de edad y personas mayores de sesenta (60) años, será suficiente que acrediten saber hablar español.

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Con este contenido usted obtendrá una idea general, pero se le recomienda, informarse adecuadamente de cualquier duda al respecto en las instancias correspondientes.

Fuente: SRE

Actualizado el 24 de marzo de 2019


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