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Migrantes cubanos en México: viaje a alguna parte

30 de abril, 2019
Caricatura Yoemnis DelToro

En el día de hoy salió publicado en el periódico Excélsior algunas observaciones de la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero referente a las motivaciones de los migrantes cubanos que se encontraban en situación irregular en el país.

“No quieren estatus migratorio mexicano, ellos lo que quieren es únicamente su oficio de salida”, comentó Sánchez Cordero.

Si intentamos analizar comedidamente el por qué el Gobierno de México ha emitido este criterio y suponemos porque no se ha dicho oficialmente han determinado frenar o en lo adelante no entregar más Oficios de Salida a los nacionales cubanos y al resto de los migrantes con estatus de irregularidad en México pudiésemos, llevándolo al ámbito personal, entender que:

Si un visitante llega a nuestro hogar, y nos expresa el deseo de mantenerse conviviendo en el mismo o transitar por él para conseguir llegar al hogar del vecino, nos quedaría muy claro que sería decisión y un derecho como propietario del hogar, permitírselo o no.

De aceptar que el visitante conviva temporal o permanentemente en nuestro hogar como propietario debemos valorar que estamos acordando acoger y compartir nuestro espacio con el visitante mientras dure su permanencia en el mismo, decisión que traerá consigo responsabilidades y consecuencias económicas y sociales al tener que cubrir inicialmente sus necesidades básicas como la alimentación, servicios de salud, entre otros, al igual que ofrecerle orientación para su inserción.

El visitante deberá adaptarse, insertarse, respetar y regirse por las normas y reglas de nuestro hogar.

Pero, si la intención del visitante no es la de convivir en nuestro hogar a pesar de que le estemos ofreciendo la posibilidad de hacerlo respetando y garantizando sus derechos fundamentales, sino que tan solo reclama que le autoricemos a transitar para llegar al hogar del vecino, independientemente de que es una petición descomedida como exigencia, de aceptarlo podrían suceder dos cosas: que el vecino consienta la llegada a su hogar del visitante que hemos aceptado transitar por el nuestro o que se la niegue. En el primer supuesto el visitante podría quedar varado en nuestro hogar o decidirá regresar al suyo propio. En el segundo supuesto en que el vecino acepte su ingreso nos liberamos de las responsabilidades que habíamos asumido.

Entonces, cabría preguntarnos:

¿Tienen los migrantes cubanos derecho a exigir al Estado mexicano su ingreso al país?

No. Cada país tiene el derecho a resguardar sus fronteras y decidir sobre el ingreso o no de los nacionales de otros Estados y para ello disponen de lineamientos, procedimientos, regulaciones, acuerdos y firma de convenios con otros Estados en los que se regulan estatutos que respetando el derecho a migrar de las personas así como de circular libremente y elegir residencia en otro Estado, establecido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París el 10 de diciembre de 1948, inevitablemente la admisión o no a un Estado responderá a un procedimiento de estudio o verificación del solicitante para decidir su condición de ingreso, ya sea como refugiado o visitante regional.

Por lo que dicho lo anterior se deduce que los migrantes aunque están en su derecho a solicitar su ingreso a México, bajo ninguna circunstancia tienen derecho para exigirlo.

¿Tienen los migrantes cubanos derecho a solicitar refugio al Estado mexicano?

Sí. Existe el derecho del migrante a solicitar refugio en otro Estado siempre y cuando el solicitante “debido a fundados temores de ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda… o a causa de dichos temores, no quiera regresar a él”, según queda aclarado en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados adoptada en Ginebra el 28 de julio de 1951 y firmada por los Estados Miembros de las Naciones Unidas y otros Estados no miembros y del Protocolo firmado en Nueva York el 31 de enero de 1967, entre los que se incluye México como uno de los Estados firmantes con su adhesión en el año 2000, promulgando un decreto el 25 de agosto de 2000, en el que en su declaración interpretativa afirma que “Corresponderá siempre al Gobierno de México determinar y otorgar, de conformidad con sus disposiciones legales vigentes, la calidad de refugiado, sin perjuicio de la definición de refugiado prevista en el artículo 1 de la Convención y I de su Protocolo”.

¿Tienen los migrantes cubanos derecho a exigir a México que les permita el libre tránsito por su territorio para llegar a la frontera del país vecino Estados Unidos para a su vez exigirle el ingreso?

No. Lamentablemente, el gobierno de México aunque no lo ha anunciado oficialmente, se alcanza a entender con sus últimas actuaciones que NO entregará más Oficios de Salida a los migrantes que han ingresado de manera irregular al país, el cual una vez concedido les permitía el libre tránsito por el territorio con una validez de hasta 30 días quedando a su elección salir del territorio mexicano u optar por regularizar su situación migratoria en el país.

“Los Estados […] se comprometen a expedir visados de tránsito a los refugiados que hayan obtenido visados para un territorio de destino definitivo”, según queda pronunciado en el párrafo 9-1 del artículo 28 de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, lo que nos invita a comprender que el territorio de destino definitivo (Estados Unidos) por el que optan los migrantes cubanos para ingresar, no les ha aprobado el mismo, y por ende México no está en la obligación de expedirles ningún documento de tránsito.

La mayoría de los migrantes cubanos solicitaban el Oficio de Salida para trasladarse a la frontera norte de México y solicitar asilo en Estados Unidos, y así lo voceaban repetidamente, resultando del conocimiento de todo el mundo.

Como la intención de los migrantes cubanos o en su mayoría no era precisamente la de regularizar su situación migratoria en el país en condición de refugiado, que aunado a sus exigencias por obtener este documento de Oficio de Salida, se desencadenaron varios sucesos que convocaron a la toma de decisiones contundentes por parte del gobierno de México en cuanto a la entrega o no del mismo.

No sin antes advertir que se ha dado a conocer por varios medios de prensa que existen presiones por parte del Gobierno de Estados Unidos para que se frene el flujo migratorio hacia la frontera que divide a ambos países. Y está demás intuir que el Oficio de Salida era un recurso facilitador para que el migrante optara por trasladarse hacia la misma.

¿Qué alternativas tienen los migrantes cubanos que se encuentran actualmente de manera irregular en la frontera sur de México?

El panorama es complejo, porque al no poder obtener un Oficio de Salida que salta a la vista no será en lo adelante entregado por el Instituto Nacional de Migración a cubanos, ni a ningún otro migrante en situación irregular, quedan pocas opciones para evitar la deportación y que les sea permitido el ingreso o estancia temporal o permanente de manera ordenada y legal en el país, siendo una de ellas la obtención de un amparo contra la deportación a la que ya han apelado muchos de los cubanos que evidencia que si en muchos casos no ha sido efectiva por haber sido tramitadas por falsos o inescrupulosos abogados, en otros que si fueron tramitados cumplidamente si “ha funcionado” al menos temporalmente, mientras el mismo no sea revocado.

Y esto es comprobable cuando en Comunicado emitido por el INM el pasado 25 de abril plantean luego la fuga de 645 migrantes de la Estación Migratoria Siglo XXI, la mayoría cubanos, informan que “En la Estación estaban albergadas 980 personas de nacionalidad cubana, la mayoría de ellas con amparos tramitados por abogados del área de Tapachula, que promueven falsas expectativas para obtener un documento que facilite el tránsito por territorio mexicano. Esto solo ha retrasado su retorno asistido a Cuba”.

La otra opción sería que opten por solicitar refugio en México, para lo que deberán demostrar que cumplen con los requisitos para solicitar esta condición, si en realidad demuestran que las razones por las que solicitan su ingreso responden y están motivadas a encontrar protección en un país seguro que les ofrezca garantías “debido a fundados temores de ser perseguidos por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas”, que les motivaron huir de su país de origen.

Comprendan que definitivamente resulta poco creíble la intención de solicitud de refugio en los Estados Unidos cuando la misma pudo haber sido solicitada en el primer país de su acogida que les ofreciera esta oportunidad.

Por ende, sus alternativas son acogerse a las opciones que les ofrece México para regularizar su situación migratoria, válidas para aquellos que no han sido partícipes en actos de desorden público, y para los que la Embajada de Cuba en México no los haya reconocido como nacionales.

¿Qué ocurrirá con los cubanos que han participado en actos de desorden público?

A buen entendedor con pocas palabras basta.

El cúmulo de sucesos que atenta contra la seguridad nacional o la seguridad pública en los que los migrantes cubanos (alentados o por elección personal) se han visto involucrados como promotores, incitadores y participantes en este año 2019 ha sido “el detonador” para que el INM tomara decisiones sino en su totalidad arbitrarias si drásticas con este grupo de nacionales.

Aunque a discreción la lógica indica que los cubanos y otros migrantes que han participado en sucesos considerados inaceptables por el Gobierno de México se deduce que NO serán aceptados en el país, por haber cometido a los efectos un delito contra la paz que es una de las causas de inadmisión que invalida el estudio y aprobación de la condición de refugiado en un país (que es la única opción palpable a solicitar en este momento en México), y en este supuesto se encuentran los involucrados en la fuga de las Estaciones Migratorias quienes serán encausados penalmente.

Otro tanto han participado en acciones que alteran el orden público que también constituyen un delito penal, pudiendo también quedar sujetos a ser encausados penalmente o directamente deportados en correspondencia a lo que dicta el artículo 144 de la Ley de Migración se establece que “será deportado del territorio nacional el extranjero que este sujeto a proceso penal o haber sido condenado por delito grave conforme a las leyes nacionales en materia penal o las disposiciones contenidas en los tratados y convenios internacionales de los cuales sea parte el Estado mexicano, o que por sus antecedentes en México o en el extranjero pudiera comprometer la seguridad nacional o la seguridad pública”. O en el supuesto de “que el extranjero, por sus antecedentes en el país o en el extranjero, pudiera comprometer la soberanía nacional, la seguridad nacional o la seguridad pública, la deportación será definitiva” y por ende el amparo será revocado de oficio.

Nos queda decir que todos los migrantes cubanos que han participado en actos que alteran el orden no tendrán opción de regularizar su situación migratoria en México, ni la posibilidad de acceder a un permiso que les permita transitar por el país.

¿Cuáles opciones tienen los cubanos que persiguen “el sueño americano”?

Existen dos únicas opciones para ingresar de manera legal y ordenada:

1-Solicitar refugio en la Embajada de Estados Unidos. Importante: Actualmente el Programa de Admisión de Refugiados de los Estados Unidos no está aceptando solicitudes nuevas ni procesando casos en La Habana.

2- Ingresar a México de manera ordenada y legal solicitando una visa en el Consulado de México en Cuba.

Otras alternativas no son recomendables.

Sólo nos resta decirles que los migrantes cubanos en situación irregular que ya se encuentran en México, en lo posible busquen un buen asesoramiento de un abogado, que les pueda indicar sus opciones, dentro de las variantes admitidas para regularizarse en México.

De lo que se trata es de emigrar sin perder el norte.

Por Dcubanos


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Un Comentario en “Migrantes cubanos en México: viaje a alguna parte

  1. Porque no dejan regresar a cuba a cubanos que ya están indocumentados en México.. No se les permite viajar de regreso a cuba

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