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Juez federal autoriza registro obligatorio de inmigrantes sin estatus legal en EE.UU.

13 de abril, 2025
inmigrantes estados unidos

Juez federal Trevor McFadden, autorizó al gobierno de Donald Trump a exigir que todas las personas con más de 30 días en el país sin estatus migratorio legal en Estados Unidos que se registren ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS).

El 20 de enero de 2025, el presidente Trump firmó la Orden Ejecutiva 14159, titulada Protección del Pueblo Estadounidense contra la Invasión, que instruye al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) a asegurar que los extranjeros cumplan con la obligación de registrarse ante el gobierno, conforme a la Sección 262 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (8 USC 1302).

El fallo, emitido el 10 de abril por el juez Trevor McFadden, que entró en vigor el 11 de abril de 2025, desestimó los argumentos de grupos defensores de inmigrantes que advertían sobre el uso del registro para facilitar deportaciones masivas.

McFadden, nominado por Trump, sostuvo que la medida se basa en la Ley de Inmigración y Nacionalidad y activa un mecanismo legal existente, usado previamente en casos excepcionales.

¿Quiénes debe registrarse?

Cualquier persona que no haya solicitado una visa al Departamento de Estado, que no haya recibido uno de los documentos designados como prueba de registro según el Título 8 del Código de Reglamentos Federales (8 CFR 264.1(b), o que no haya presentado uno de los formularios designados en el Título 8 del CFR 264.1(a) ni proporcionado huellas dactilares (a menos que se le exima) no está registrada, como son:

  • Extranjeros presentes en los Estados Unidos sin inspección y admisión o inspección y libertad condicional que no se hayan registrado de otra manera (es decir, extranjeros que cruzaron la frontera ilegalmente);
  • Visitantes canadienses que ingresaron a los Estados Unidos por puertos de entrada terrestres y no recibieron evidencia de registro; y
  • Extranjeros que presentaron una o más solicitudes de beneficios al USCIS no enumeradas en 8 CFR 264.1(a), incluidas solicitudes de acción diferida o Estatus de Protección Temporal a quienes no se les emitió evidencia de registro enumerada en 8 CFR 264.1(b).

E incluye a:

  • Todos los extranjeros de 14 años o más que no se registraron ni se les tomaron las huellas dactilares (si es necesario) al solicitar una visa para ingresar a Estados Unidos y que permanezcan en el país durante 30 días o más. Deben solicitarla antes del vencimiento de esos 30 días.
  • Los padres o tutores legales de extranjeros menores de 14 años de edad: Los padres o tutores legales deben solicitar el registro de los extranjeros menores de 14 años de edad que no hayan sido registrados y permanezcan en los Estados Unidos durante 30 días o más, antes del vencimiento de esos 30 días; y
  • Cualquier extranjero, ya sea previamente registrado o no, que cumpla 14 años en los Estados Unidos, dentro de los 30 días posteriores a su 14.º cumpleaños.

¿Dónde deben registrase los inmigrantes sin estatus legal en Estados Unidos?

Los extranjeros indocumentados en Estados Unidos, para registrarse, previamente deben crear una cuenta en línea de USCIS. Una vez registrados deben completar la versión electrónica del Formulario G-325R, Información Biográfica.

Este formulario, no se puede presentar por correo ni en persona.

Los menores serán registrados por sus padres o tutores quienes deberán crear una cuenta independiente en USCIS, para el menor.

¿Qué cuestionan los grupos defensores de los inmigrantes?

Activistas y abogados migratorios han cuestionado la ética de la medida, alertando sobre su potencial para afectar a comunidades vulnerables.

Comparan el registro con prácticas históricas de control migratorio y temen que pueda criminalizar a personas sin antecedentes penales.

¿Qué información solicitan para el registro?

En el registro que aplica a mayores de 14 años sin estatus legal se deberá proporcionar datos personales (nombre completo fecha de nacimiento, nacionalidad, sexo y dirección de residencia), además de sus datos biométricos (huellas dactilares y fotografía) y dirección de residencia.

¿Cuáles son las consecuencias de no registrarse?

La orden establece que el incumplimiento deliberado de solicitar el registro o la toma de huellas dactilares (si es necesario), será considerado una prioridad para acciones civiles y penales, como multas no más de $5,000 o encarcelado por no más de 6 meses, o ambas.

¿Cuáles son las consecuencias para quienes se registren y no lleven consigo la evidencia?

Los extranjeros obligados a registrarse que tengan 18 años de edad o más deben llevar consigo la evidencia del registro.

Quienes no tengan en su posesión la evidencia de registro serán culpable de un delito menor y, será multado con no más de $5,000 o encarcelado por no más de 30 días, o ambas.

Con referencia de: uscis.gov / twitter.com/USCIS/


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