Dcubanos

Información de trámites y temas de interés para cubanos en el exterior

Viajar a Cuba. Alimentos permitidos y prohibidos ingresar

Última actualización el 12 de marzo, 2024 | Publicado el 17 septiembre, 2019

Se extiende excepcionalmente y con carácter temporal hasta el 31 de marzo de 2024, la importación no comercial de alimentos y artículos de aseo a Cuba, que realicen los pasajeros que arriben al país, los cuales estarán exentos del límite de cantidad y valor de importación, así como del pago de aranceles.

Los viajeros al ingresar a Cuba podrán importar alimentos en su equipaje, que de acuerdo a las regulaciones establecidas por la Aduana de Cuba, estos quedan clasificados dentro de la categoría misceláneas y como tal son tratados, procediéndose si corresponde, al cobro del arancel establecido por las importaciones sin carácter comercial.

El valor de los alimentos formará parte del total máximo permitido como importación no comercial de misceláneas, por cada pasajero, entre las que además clasifican los artículos para uso y consumo personal o de la familia como son calzados, artículos de aseo personal y del hogar, bisuterías, lencería, perfumería y similares.

A las misceláneas se les aplica el método de valoración peso/valor, que se basa en el pesaje de todas las piezas (o bultos) que componen el equipaje del pasajero, incluyendo el de mano, excepto los artículos que se encuentran exentos de pago (por ejemplo medicamentos) o de aquellos que se valoran de forma independiente (por ejemplo electrodomésticos).

El resultado del pesaje de todo el equipaje que un pasajero podrá importar no debería exceder los ciento veinticinco (125) kilogramos, de los cuales estarán exentos del pago de los derechos de aduana hasta un peso máximo de treinta (30) Kg de misceláneas, tal como se describe a continuación:

  • Hasta veinticinco (25) kilogramos de misceláneas, que se podrán importar por concepto de efectos personales.
  • Hasta cinco (5) kilogramos de misceláneas por un valor de $50.99 USD (de los 100 kilogramos permitidos) por concepto de importación sin carácter comercial, a un precio de diez (10) pesos USd igual a un (1) kilogramo.

Los restantes noventa y cinco (95) kilogramos de misceláneas como importación para su uso o de su familia, serán por los que el pasajero deberá pagar los derechos de aduana, según las tarifas vigentes.

El valor total de los artículos o productos comprendidos en el equipaje de los pasajeros, sujetos al pago de los derechos de aduanas, no podrá exceder de los 100 kilogramos permitidos por un valor de mil $1000.00 USD, (1 kg = $10.00 USD), de los cuales se eximen el pago por cinco (5) kilogramos, como explicamos con anterioridad.

Explicado de otra manera: al introducir alimentos en Cuba como parte de tu equipaje podrás eludir tener que pagar los derechos aduanales si todo tu equipaje no excede los treinta (30) kg de peso en misceláneas entre artículos para uso personal y alimentos; tampoco deberás exceder las cantidades permitidas por cada producto según lo regulado.

Listado de alimentos que se pueden ingresar a Cuba

  • Aceite vegetal o animal: 5 litros.
  • Aguas minerales y refrescos: 24 unidades, siempre que el envase de la unidad no exceda de 1½ litros.
  • Arroz, maíz, pastas alimenticias y alimentos preparados con harinas u otros cereales: 10 kilogramos, siempre que la cantidad total de los artículos contenidos en la descripción no excedan los 10 kilogramos.
  • Bebidas alcohólicas de cualquier tipo: 5 litros. La cantidad se refiere al total de los artículos, siempre que la suma del contenido de los envases no supere los 5 litros.
  • Café, especias o infusiones: 5 kilogramos, siempre que el total de los artículos no exceda de 5 Kg.
  • Cervezas, maltas: 24 unidades. La cantidad se refiere al total de los artículos, siempre que el envase de la unidad no exceda de 1 litro.
  • Confituras en general: 5 kilogramos en total de los artículos.
  • Conservas de todo tipo: 20 kilogramos, siempre que la cantidad total de todas las unidades no exceda de 20 Kg.
  • Especias: 3 kilogramos. Siempre que el total de los artículos no exceda de 3 Kg.
  • Grasas vegetal o animal: 5 kilogramos.
  • Mantequillas, quesos y otros similares: Hasta el límite de 5 Kg. de cada artículo contenido en la descripción.
  • Miel natural: 3 litros.
  • Preparaciones alimenticias (alimentos deshidratados o concentrados): 15 unidades, siempre que la cantidad total de todas las unidades no exceda de 5 Kg.
  • Productos lácteos de cualquier tipo: 10 Kilogramos.
  • Vinagres: 5 unidades.
  • Vinos y licores: 5 unidades.
  • Los demás productos alimenticios: 10 unidades.

Los alimentos que excedan las cantidades establecidas serán decomisados por la autoridad aduanera en Cuba. Para que esto no ocurra es recomendable que respetes el límite de las cantidades admitidas por cada producto, no te excedas en el peso permitido e importes productos variados para que no sea considerado, que estás realizando una importación con carácter comercial.

En caso de que corresponda realizar el pago de los aranceles aduanales, el mismo será abonado en pesos cubanos (CUP), por los cubanos y extranjeros residentes permanentes en Cuba, en la primera importación que realice dentro del año calendario (enero-diciembre). Las personas naturales extranjeras y cubanas residentes en el exterior efectuarán el pago de los aranceles, en moneda libremente convertible (MLC), aplicando la tarifa correspondiente.

Independientemente, a todo lo anterior respecto al tratamiento que los alimentos reciben a efectos de la Aduana de Cuba, debes estar al tanto de que los mismos están sujetos a regulaciones fitosanitarias establecidas por el Instituto de Medicina Veterinaria y el Centro Nacional de Sanidad Vegetal del Ministerio de la Agricultura de Cuba, quienes a efecto de evitar la introducción de plagas y enfermedades perjudiciales para la economía pecuaria, la flora y la fauna cubana, han establecido las normas de control e inspección para los alimentos que importan los viajeros, a su ingreso a Cuba.

Por tanto, los animales, plantas, productos y subproductos de origen animal y vegetal, así como productos biológicos y cualquier otro producto capaz de vehiculizar enfermedades de los animales y las plantas estarán sujetos a la inspección y el control por parte de las autoridades fitosanitarias y veterinarias en frontera, quienes podrán realizar una inspección a los alimentos importados para determinar si los mismos cumplen con las regulaciones aplicables para su ingreso a Cuba.

Alimentos o productos que pueden ingresar sujetos a inspección del personal fitosanitario

  • Conservas cárnicas (enlatadas) de bovinos, porcinos y aves, debidamente identificadas y de marcas comerciales reconocidas, procedentes de los países que por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba (España, Portugal, Italia, Estados Unidos, Canadá, México, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Brasil, Argentina, Chile y Uruguay)
  • Embutidos. Se autorizan con carácter temporal, procedentes de los países que por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba (España, Portugal, Italia, Estados Unidos, Canadá, México, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Brasil, Argentina, Chile y Uruguay)
  • Conservas de productos del mar originadas de cualquier área geográfica.
  • Leche fluida UHT, condensada, evaporada, y postres lácteos originadas de cualquier área geográfica.
  • Leche en polvo originada de cualquier área geográfica.
  • Quesos maduros pasteurizados originarios de cualquier área geográfica o elaborados a partir de leches ultrapasteurizadas.

Las flexibilidades de los productos vienen dadas por el país donde fueron elaborados o producidos los mismos. Por tanto, la lista de países elegibles viene dada por el país que se refleja en las etiquetas de los productos.

Todos los productos arribarán envasados íntegramente, de marcas reconocidas y debidamente etiquetados, sin rotura en el embalaje. Aquellos productos cuyo embalaje sufra alguna rotura o deterioro que pudiera convertirse en vehiculizador de agentes etiológicos causantes de enfermedades, serán decomisados e incinerados.

Alimentos y productos que requieren autorización para su importación

Existen algunos alimentos y productos, así como animales vivos que deben obtener una autorización de las entidades u organismos correspondientes, por lo que si viajas como turista y tienes previsto introducir algunos de los revelados en el listado disponible a continuación, es recomendable que tramites estos permisos con anterioridad a tu viaje, ya sea a título personal o a través de tu agencia de viajes.

  • Ejemplares de la flora y la fauna, o sus despojos, en cualquier forma, de acuerdo a las regulaciones de las autoridades sanitarias y veterinarias.
  • Los alimentos cuando no cumplan los requisitos establecidos en las regulaciones de las autoridades sanitarias y veterinarias.
  • Animales vivos, plantas y sus partes y los productos de origen animal y vegetal estén elaborados o no; los cuales están sujetos a la inspección y autorización de las autoridades Veterinarias y Fitosanitarias.

Alimentos y productos prohibidos ingresar a Cuba

  • Carnes frescas, congeladas, deshidratadas o saladas, con o sin huesos; vísceras comestibles; productos cárnicos semielaborados (hamburguesas; picadillos; albóndigas; conformados como palitos de carne, nuggets y otros productos empanados; chorizos crudos; salamis; pastas untables; jamón crudo, salchichones y tocinetas crudos, fermentados, sobreasada, peperoni, cervelat y otros productos crudos fermentados) y productos semicocidos.
  • Cualquier producto o subproducto de origen animal con huesos.
  • Leche fluida y derivados lácteos en general NO PASTEURIZADOS.

¿Se puede importar alimentos por el total permitido como misceláneas?

No existe ninguna regulación que lo impida. Solo debes contemplar las cantidades que están permitidas por cada producto, de conformidad con lo dispuesto por la Aduana de Cuba.

¿Dónde aclarar dudas o realizar una consulta?

Para mayor información, realizar consultas o aclarar cualquier duda, podrán contactar a:

Con información de Aduana de Cuba y Medicina Veterinaria

Actualizado el 30 de diciembre de 2024


Si te gustó este artículo y quieres recibir, inmediatamente, otros artículos cuando se publiquen, suscríbete a D'cubanos en Telegram



18 Comentarios en “Viajar a Cuba. Alimentos permitidos y prohibidos ingresar

  1. Hola, soy español y en este mes de agosto boy a viajar a cuba. Y quisiera saver si puedo llevar alimentos tales como embutidos de cerdo , salchichon, chorizo, jqmon de york , queso ,mortadela , callos precocinados , y carne fresca todo ello devidamente embasado al vacio y con wu targeta fitosanitaria de la comunidad europea . Estos alimentos son para mi esposa y 3 hijos que tiene ella . Agradeceria me diese informacion . Gracias y un saludo.

  2. Hola soy cubana residente en México,puedo llevar a Cuba jamón de pavo en paquetitos , uvas y algunas manzanas .

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.