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¿Cómo importar plantas generadoras de electricidad a Cuba?

Última actualización el 31 de marzo, 2023 | Publicado el 19 septiembre, 2019

La Aduana de Cuba admite la importación de hasta dos (2) plantas eléctricas, siempre que la suma de sus valores no exceda el límite establecido para la importación de los equipajes, envíos u otra operación a realizar a la que tiene derecho a importar cada pasajero (hasta $1000.00 USD), resultado del valor en aduana de las misceláneas sumado al valor de los artículos electrodomésticos u otros que no clasifiquen como misceláneas.

La importación a Cuba de las plantas eléctricas, así como su valor, está determinado según su potencia, como quedó establecido en el CAPÍTULO 4 – EQUIPOS ELECTRODOMÉSTICOS, del Listado de Valores de Referencia para las importaciones no comerciales que realizan las personas naturales por cualquier vía acordado, en la Resolución 175 de 2022 de Aduana General de la República:

PLANTAS GENERADORAS DE ELECTRICIDADUMValor (USD)
Hasta 900 vatiosUnidad200.00
Mayores de 900 vatios hasta 1500 vatiosUnidad500.00
Mayores de 1500 vatios hasta 15 Kva (15000 vatios)Unidad950.00

Las plantas eléctricas podrán ser importadas como equipaje acompañado, equipaje no acompañado, o mediante envíos, según le explicamos a continuación:

I.- Importar a Cuba planta eléctrica como equipaje acompañado

Si el pasajero decide llevar a Cuba una o dos plantas eléctricas como parte de su equipaje, en el mismo medio de transporte en que viaja, deberá demostrar que es parte de su equipaje amparado en el comprobante que la aerolínea le expide en el momento del chequeo y facturación del equipaje.

Valore que algunas aerolíneas que vuelan a Cuba tienen restricciones en cuanto al equipaje que el pasajero podrá transportar. No todas las aerolíneas permiten la transportación de plantas eléctricas como parte del equipaje de los pasajeros. Antes de tomar la decisión, consulte con la agencia de viaje donde adquirió el boleto o comuníquese con la aerolínea en la que realizará el vuelo hacia Cuba.

Al despachar el equipaje, la aerolínea podrá cobrarle por piezas de equipaje, exceso de equipaje o por ser un bulto con características especiales. Este cobro es independiente al cobro que pagará en la Aduana de Cuba por la importación.

II.- Importar a Cuba planta eléctrica como equipaje NO acompañado

El pasajero también tiene la elección de enviar la(s) planta(s) eléctrica(s) como equipaje no acompañado, a través de alguna agencia de envíos.

El valor de los artículos importados como equipaje no acompañado, formarán parte del límite máximo permitido de $1000 USD a los que el pasajero tiene derecho a importar. Debe sumar el total del valor por los aranceles aduanales de las misceláneas, electrónicos o electrodomésticos incluidos en el equipaje acompañado con los que va a importar en el equipaje no acompañado.

A su ingreso a Cuba, el pasajero debe declarar que viaja con equipaje no acompañado.

Los envíos como equipaje no acompañado se realizan tanto aéreo como marítimo y llegan o salen del país con anterioridad o posterioridad a la fecha de arribo o salida del viajero.

Cualquiera que sea la vía de transporte utilizado, el equipaje debe:

  • Pertenecer a una persona que realmente ha viajado a Cuba.
  • Ha sido embarcado desde el mismo país de procedencia del pasajero.
  • Ha sido despachado en el país de origen por el propio pasajero o en su nombre.
  • Este consignado al propio pasajero.
  • Que no haya transcurrido, desde la fecha de llegada al país del pasajero, más de treinta (30) días si arriba por vía aérea, ni más de sesenta (60) días si el arribo es por vía marítima.

De no cumplir los requisitos antes mencionados, no clasificará como equipaje no acompañado y recibirá el tratamiento de Envío.

III.- Envíos a Cuba de una planta eléctrica

Esta modalidad de envío se realiza cuando la persona que va a recibirlo en Cuba no es la misma persona que realiza el envío.

Debes considerar que el valor total de los artículos y productos comprendidos en cada envío no puede exceder de $200.00 USD equivalente a 20 kg.

De elegir enviar a Cuba una planta eléctrica mediante la opción de envíos, usted solo podrá enviar la planta eléctrica que posee una potencia de hasta 900 vatios, con un valor por derecho aduanal de $200.00 USD.

Sin embargo, la Resolución 218/2022 de Ministerio de Finanzas y Precios, autorizó EXCEPCIONALMENTE, la importación sin carácter comercial, por encima del valor establecido para la vía de los envíos aéreos, marítimos, postales y de mensajería, de las plantas eléctricas de una potencia superior a los 900 vatios. Esta autorización queda prorrogada hasta el 31 de diciembre, de 2023, según se establece en la Resolución 61/2023.

IV.- Compra online y envío a Cuba de planta eléctrica

Existen agencias de envíos que poseen catálogos online de productos que podrán ser enviados a Cuba. Usted compra el producto y en la mayoría de las agencias el precio del producto en catálogo ya incluye el costo y la transportación hacia Cuba.

Declaración Aduanal al importar electrodomésticos

Siempre que los pasajeros, incluidos los turistas ingresen electrodomésticos a Cuba, deberán rellenar y presentar a las autoridades aduaneras la Declaración de Aduana en el que detallarán el o los artículos que van a ingresar y el valor de los mismos, según el precio que aparece en la factura de compra, o de acuerdo al listado de valoración en Aduana.

El pago de los derechos de aduanas de los electrodomésticos se valora de forma independiente y para ello se recomienda que el pasajero los lleve por separado del resto de los artículos que conforman el equipaje; y en caso de no llevarlos por separado, se lo comunique al inspector de aduana antes de efectuar el pesaje en las básculas.

Pago de aranceles aduanales en Cuba

En cualquiera de las opciones de importación elegida por el pasajero, debe considerar el valor de la planta eléctrica que va a importar si esta es de $200, $500 o $950 USD según la potencia, porque (le reiteramos) el valor en aduana de las misceláneas sumado al valor de los artículos electrodomésticos no podrá exceder de $1000 USD.

El pago de los aranceles aduanales será abonado en pesos cubanos (CUP), por los cubanos y extranjeros residentes permanentes en Cuba, en la primera importación que realice dentro del año calendario (enero-diciembre).

Las personas naturales, extranjeras y cubanas residentes en el exterior efectuarán el pago de los aranceles, en moneda libremente convertible (MLC), aplicando la tarifa correspondiente.

Fuente: Aduana de Cuba

Actualizado: 31 de marzo de 2023


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