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Viaje al exterior y pago de obligaciones tributarias en Cuba

28 de enero, 2024

Como cada inicio de año, en el mes de enero, en Cuba comienza la Campaña de declaración y pago de las obligaciones tributarias correspondiente al ejercicio fiscal del año anterior.

Independientemente, a los beneficios fiscales por pronto pago de los tributos, así como el beneficio adicional del 3% del importe a pagar si se realiza el pago a través de los canales de pagos electrónicos; los contribuyentes deben conocer que de no pagar en tiempo sus obligaciones tributarias serán regulados y prohibido su viaje al exterior.

Esta prohibición se encontraba establecida desde el año 2012 en el Artículo 94 del Decreto 308 del “Reglamento de las Normas Generales y de los Procedimientos Tributarios”, en el que se dispuso lo siguiente: «La Administración Tributaria puede solicitar a los órganos y organismos competentes que se impida la salida del país de toda persona sobre la que se verifiquen obligaciones tributarias no cumplidas dentro del término establecido a tales efectos».

Y en el mismo Decreto 308, en su Artículo 11, se estableció que «La ONAT establece relaciones de auxilio administrativo, colaboración y coordinaciones entre las oficinas de la propia ONAT y con los órganos y organismos de la Administración Central del Estado y sus administraciones locales, instituciones y las dependencias que estos designen para la recaudación, gestión y fiscalización de los ingresos en el territorio a fin de cumplir las funciones de su competencia».

Sin embargo, lo dispuesto en el “Reglamento de las Normas Generales y de los Procedimientos Tributarios” no comenzó a aplicarse hasta el año 2023, hasta tanto la Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT) firmará en el año 2022 un Convenio de colaboración con la Dirección Nacional de Identificación, Inmigración y Extranjería de Cuba (DIIE) del Ministerio del Interior.

Las comunicaciones que se comparten entre la ONAT y la DIIE, son en referencia a los deudores que no han cumplido con sus obligaciones fiscales y pretendan viajar al exterior, como para aquellos que ingresan al país que viajaron antes de que les fuera determinada y notificada la deuda y regulación.

Los contribuyentes que deseen viajar al exterior para evitar la prohibición deberán pagar a tiempo sus obligaciones tributarias: declaración de impuestos anuales, así como el pago de otros impuestos, tasas y contribuciones que por ley les exijan.


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